Reconocimiento de Créditos Máster Psicopedagogía UCM

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ENTRE LOS MÁSTERES DE PSICOLOGÍA DE LA EDUCACIÓN, FORMACIÓN DEL PROFESORADO E.S.O Y PSICOPEDAGOGÍA UCM

Justificación

La propuesta que se presenta surge de la demanda por parte de los estudiantes de la UCM de poder cursar en la misma universidad diferentes másteres universitarios que aun teniendo objetivos y perfiles específicos, incluyen también elementos formativos complementarios. La posibilidad de avanzar en un reconocimiento parcial de los estudios ya realizados como sucede en otras universidades españolas, de acuerdo siempre con la normativa vigente en la UCM, facilitará a los alumnos ampliar sus conocimientos y competencias y alcanzar de esta manera una formación más completa y diversificada en el ámbito educativo y abrirle nuevas perspectivas profesionales. Hay que tener en cuenta que el Máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanza de Idiomas es un máster oficial que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Profesor de Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional e Idiomas, de forma que sus titulados/as pueden ejercer dicha profesión en centros docentes públicos y privados y acceder a la oferta de empleo público al cuerpo de Profesores/as de Enseñanza Secundaria. Proporciona además una formación dirigida hacia la enseñanza y la educación en las distintas áreas de conocimiento y especialidades, y dentro de las etapas y ámbitos educativos que son de su competencia. Esta formación aporta también un conocimiento didáctico aplicado y una formación sobre el contexto educativo, social y personal en el que se enmarcará la docencia. Una de las especialidades de este máster, Orientación Educativa, muestra confluencias significativas con otros dos másteres oficiales que se imparten en la UCM, Psicología de la Educación y Psicopedagogía. Estos dos másteres al no estar sujetos a la normativa específica establecida en las leyes educativas y decretos que las desarrollan, pueden ampliar su visión a otras etapas educativas diferentes a Secundaria y a otros ámbitos de trabajo complementarios a la orientación educativa escolar. Sin embargo, el hecho de que no tengan un carácter habilitante priva a sus alumnos de un campo importante para su ejercicio profesional futuro.

Por ello, parece necesario que desde la propia Universidad Complutense se ofrezca a los alumnos que están cursando alguno de estos másteres la posibilidad de poder cursar otro que se ajuste a sus intereses profesionales reconociéndoles una parte de los créditos ya cursados. Para ello se han analizado pormenorizadamente las competencias y contenidos de las asignaturas de los tres másteres, y se han elaborado tablas de reconocimiento donde se garantiza el cumplimiento las 2 competencias habilitantes.

Normativa

La normativa que se ha tenido en cuenta para elaborar las tablas de reconocimiento de créditos entre titulaciones, ha sido la siguiente:

  • Reglamento sobre Reconocimiento y Trasferencia de créditos de aprobado por el Consejo de Gobierno de la UCM y publicado en el BOUC nº 15 de 15 de noviembre de 2010, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de octubre de 2011 (BOUC nº 14 de 10 de noviembre de 2011).
    • En el punto 1, apartado e del artículo 4 del capítulo I de dicho Reglamento hace constar que el Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento de créditos.
    • Asimismo, en el punto 2 de este mismo artículo se especifica que “El reconocimiento de créditos no podrá superar el 40% de los créditos correspondientes al título de Máster para el que se solicite el reconocimiento”

Condiciones académicas

De acuerdo con la normativa citada anteriormente, se incluyen las siguientes condiciones académicas para el reconocimiento de créditos:

  1. El número máximo de créditos susceptibles de reconocerse tanto en el Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria como el Máster de Psicopedagogía, ambos de 60 ECTS, es de 24 (40% del total). En el caso de Máster de Psicología de la Educación el número máximo de créditos que pueden ser reconocidos es de 36.
  2. En el caso concreto del Máster de Formación del Profesorado, y para garantizar que todos los alumnos que lo cursen han realizado sus prácticas en la etapa educativa que establece la normativa de la Comunidad de Madrid antes mencionada, en ningún caso las prácticas serán objeto de reconocimiento.
  3. Tampoco será reconocido el Trabajo Final de Máster.
  4. El estudiante podrá solicitar en Secretaría  de alumnos este reconocimiento de créditos, una vez que haya superado las asignaturas objeto de reconocimiento.
  5. Una vez obtenido este reconocimiento de créditos, el estudiante no podrá solicitar otro reconocimiento de créditos.

Tablas de reconocimiento

Debido a las diferencias en la estructura de los tres másteres en cuanto a número de créditos total - 90 ECTS en la Máster de Psicología de la Educación, y 60 ECTS en los Másteres de Formación del profesorado de Educación Secundaria y el de Psicopedagogía- y de las diferentes materias y asignaturas objeto de reconocimiento, no ha sido posible establecer tablas de reconocimiento bidireccionales en todos los casos, ya que no es posible convalidar asignaturas con un mayor número de créditos por otras con menos créditos. Por este motivo se ha optado por elaborar tablas diferentes para establecer las asignaturas que, teniendo en cuenta las competencias que desarrollan, los contenidos que se imparten, y el número de créditos que tienen en cada Máster, se pueden reconocer entre ellos.

TABLAS EQUIVALENCIAS PLAN DE ESTUDIOS 2016 (Para los que han estudiado el Máster Psicopedagogía hasta el 2018-19)

TABLAS EQUIVALENCIAS PLAN DE ESTUDIOS 2019 (Para los que han estudiado el Máster Psicopedagogía a partir del 2019-20)