Sistema de garantía de calidad

Organización, composición y funciones del SGIC

La Facultad de Educación- Centro de Formación del Profesorado, en cumplimiento de las recomendaciones de las agencias de evaluación (ANECA, Fundación Madri+d), incluye en su página web un apartado específico para dar transparencia y visibilidad al funcionamiento del Sistema de Garantía de Calidad, como instrumento para recoger y analizar información, así como implementar las correspondientes acciones de mejora.

Se puede consultar este espacio en https://educacion.ucm.es/calidad

Sistema de garantía de calidad de la Titulación

Reglamento de funcionamiento de las comisiones de calidad de la Facultad de Educación

Mejoras implantadas como consecuencia del despliegue del SGIC

 

Sistema de quejas y reclamaciones

El sistema de garantía incorpora un sistema de recogida continua y sistemática de información a través de sugerencias, quejas o reclamaciones. Para ello el centro utiliza los siguientes procedimientos:

Buzón de sugerencias, a través de un escrito para todas aquellas propuestas que tengan como finalidad promover la mejora de la calidad de la Titulación. Se ha creado un buzón de sugerencias en el Campus virtual de la Universidad con acceso restringido a profesores y estudiantes vinculados a la titulación.

Las decisiones y resoluciones de la Comisión de Calidad derivadas de las reclamaciones y/o sugerencias no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno; tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad

Procedimiento de actuación para las reclamaciones:

  • Presentación de un escrito, siguiendo los procedimientos generales definidos por la UCM (BOUC de 25 de noviembre de 2005) para la tramitación de reclamaciones. El texto debe contener sus datos personales, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán con suficiente claridad los hechos que originan la queja, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea para que, tras su análisis, y en tiempo y condiciones que se prevean en el Reglamento de la Comisión de Calidad, se responda a la solicitud.

  • No se admitirán las quejas y observaciones anónimas o las formuladas con insuficiente fundamento o inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso se comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de no admisión.

  • Admitida la queja se realizará la investigación correspondiente y se tomarán las medidas pertinentes, bien incorporando mejoras al funcionamiento del sistema o de cualquier orden que proceda. En todo caso, se comunicará a la persona la decisión tomada, en la forma que determine el Reglamento, en un plazo máximo de tres meses desde que sea admitida la queja o reclamación presentada.

Toda la información y análisis referente a las encuestas de satisfacción y tratamiento de reclamaciones y sugerencias se incorporará al Sistema de Información de los respectivos Másteres, utilizando dicha información y análisis la Comisión de Calidad en sus informes y propuestas de revisión y de mejora del plan de estudios. Esta información se remitirá a la Junta del Centro que adoptará las medidas necesarias para su ejecución, con el objeto de lograr una mejora continua en la satisfacción de la formación.